lunes, 25 de enero de 2010

Derechos de los Niños


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jueves, 21 de enero de 2010


Video de los derechos!
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miércoles, 20 de enero de 2010

Kary


YO

Me llamo Kary, mi vida es el gimnasio, me gusta escuchar musica y ver televisión. Estudio en el Colegio del Centro y entre a sociales por que m,e gusta hablar mucho y quiero estudiar derecho.
Soy una chava centrada y que sabe lo que quiere............ y Ya!
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miércoles, 13 de enero de 2010

El Código Hammurabi :)


El Código Hammurabi

Historia
Es la compilación de leyes y edictos auspiciada por Hamurabi, rey de Babilonia, que constituye el primer código conocido de la Historia.
El origen divino del Derecho escrito se representa en la piedra por un bajo relieve en el que el rey aparece recibiendo el código del dios Sol, Shamash divinidad asociada en la tradición local con la idea de justicia. El Código está compuesto por columnas horizontales en escritura cuneiforme: 16 columnas en el anverso y 28. El código comienza con una guía de procedimientos legales, imposición de penas por acusaciones injustificadas, falso testimonio y errores judiciales.
El Código de Hammurabi no contiene normas jurídicas acerca de temas religiosos. Las bases del Derecho penal derivan del principio, común entre los pueblos semitas, del “ojo por ojo”. La protección del Código se ofrece a todas las clases sociales babilónicas: el Derecho protege a débiles y menesterosos, mujeres, niños o esclavos contra la injusticia de ricos y poderosos. Sorprende la consideración que recibe el individuo en el Código, teniendo en cuenta la época en que fue promulgado, y constituye un documento excepcional para conocer cómo era la justicia en tiempos de Hamurabi. Finaliza con un epílogo que glorifica la ingente labor realizada por Hamurabi para conseguir la paz.



Leyes del código


  • Si el bandido no es aprendido, el señor (que ha sido) robado declarará oficialmente delante del dios (los pormenores de) lo perdido; después, la ciudad y el gobernador en cuyo territorio y jurisdicción se cometió el bandidaje, le compensarán (por todo) lo perdido.

  • Si un oficial o un especialista (militar) que había recibido la orden de partir para una misión del rey, no fuese (a la misma) o bien (si) alquilase un mercenario y le enviase en su lugar, ese oficial o ese especialista (militar) recibirá la muerte; el denunciante (del hecho) tomará su hacienda.

  • Si su hijo es un menor y no es capaz de cumplir las obligaciones del feudo de su padre, un tercio del campo y del huerto se le dará a su madre; así su madre podrá criarle.

  • Si un señor roba el niño menor de (otro) señor, recibirá la muerte.
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lunes, 11 de enero de 2010

Año Nuevo



Que tengan un Feliz 2010, lleno de alegrias y logros!!
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